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¿Qué pasa si dejo de pagar la cuota de autónomos?

Consecuencias de no pagar la cuota de autónomos 

Una de las obligaciones de todo trabajador por cuenta propia es el pago de la cuota de autónomos. Desde el primer día de actividad, el trabajador tiene la obligación de afiliarse a la Seguridad social y pagar mensualmente una cuota cuyo importe dependerá de la base de cotización que elija.

 

Pero, ¿qué sucede si deja de pagar la cuota de autónomos?

 

Cálculo de la cuota de autónomos

El importe que debe pagar mensualmente un trabajador por cuenta propia en concepto de cuota de autónomos se calcula en torno a una base de cotización que elige entre un tope mínimo y uno máximo que se actualiza anualmente por parte del Gobierno. Este año 2019 las bases de cotización oscilan entre los 944,40 euros (mínima) y 4.070,10 euros (máxima). De la elección de esta base dependerán las prestaciones a las que el trabajador tendrá acceso en el futuro como, por ejemplo: baja por enfermedad o accidente, cese de actividad, maternidad y, especialmente, en el caso de jubilación.

Cabe añadir que esta base de cotización puede ser modificada hasta el cuatro ocasiones a lo largo del año.

 

¿Qué pasa si dejo de pagar la cuota de autónomos?

Al tratarse de una obligación y, por tanto, ser ineludible, en caso de impago de la cuota de autónomos se impondrán determinados recargos en función del tiempo que se tarde en pagarla. Así como los correspondientes intereses de demora

Veámoslo en el ejemplo siguiente:

Tras el segundo mes, el problema se agrava y la Administración puede proceder al embargo de cuentas o bienes. 

 

¿Y si tengo tarifa plana y dejo de pagar la cuota de autónomos?

Si eres un nuevo autónomo y tu cuota es de 60 euros, dejar de pagarla significa perder inmediatamente este beneficio. Eso implica que, además de tener que abonar el recargo por impago de la cuota de autónomos, automáticamente perderás la ayuda de la tarifa plana por ser nuevo autónomo y pasarás a pagar mensualmente 283,3 euros (mínimo).

 

 ¿Es aplicable el aplazamiento de deudas con la Seguridad Social a la cuota de autónomos?

El aplazamiento de deudas es una moratoria que permite pagar las deudas contraídas con la Seguridad Social, tanto futuras como acumuladas, en un plazo superior a las fechas reglamentarias de pago.

El aplazamiento de deudas debe solicitarse en el momento en que existan deudas fuera del plazo reglamentario de ingreso y, en caso de ser aceptado por la Seguridad Social, el plazo máximo que se te concederá para amortizar la deuda es de cinco años. Tanto la cuantía como los plazos y el tiempo de pago vienen especificados en el cuadro de amortización que se entrega una vez concedido el aplazamiento. También es posible liquidar la deuda de forma anticipada.

 

Y si estoy de baja, ¿tengo que pagar la cuota de autónomos?

Antes de la aprobación del Real Decreto- Ley de 28 de diciembre de 2018 los autónomos sólo estaban obligados a cotizar por contingencias comunes, pero desde la entrada en vigor del mencionado Real Decreto es obligatoria la cobertura de las contingencias profesionales, que cubren accidente de trabajo y/o la enfermedad profesional.

Este dato es importante, ya que la obligatoriedad de cotizar por contingencias profesionales encarece la cuota de autónomos. Es por este motivo por el que, en un intento de compensar el esfuerzo económico y con la intención de mejorar ciertas coberturas, durante la baja por enfermedad o incapacidad temporal, el trabajador por cuenta propia queda liberado de pagar la cuota de autónomos a partir del segundo mes de baja.

 

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