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Los planes de pensiones de empleo que causan furor en Reino Unido aterrizan en España tras un trámite legislativo complejo

By 6th julio 2022 No Comments
planes de pensiones

Diez cuestiones para entender este nuevo mecanismo que te ayudará en tu futura jubilación.

José Luis Escrivá, Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en España se ha salido con la  suya. Después de un largo debate ha logrado que Congreso y Senado aprobaran  los planes de pensiones de empleo,  ya en vigor desde el pasado 2 de julio en nuestro país.

La norma introduce dos capítulos adicionales, el primero de ellos sobre fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos y el segundo de planes de pensiones de empleo simplificados. 

En España podría ser una alternativa razonable para que la nómina de la pensión generada por las cotizaciones se aplaze unos años después de la jubilación y durante ese periodo inmediato al retiro se empezase a cobrar de lo ‘recaudado’ del plan de empleo.

Hay que recordar que en nuestro país la Seguridad Social moviliza 160.000 millones y 185.000 millones de euros en los años 2020 y 2021 en gasto de pensiones.

Hay 8,9 pensionistas y una pensión media de jubilación es de 1254 euros. Es un modelo que no es sostenible. Es previsible que en el 2030 se produzcan ajustes. Los trabajadores deben generar ahorro para estas prestaciones complementarias.

El plan de pensiones de empleo del Reino Unido, vigente desde 2012, es una referencia para el desarrollo de un plan similar para España, dónde Escrivá pretende generalizar un fondo público de pensiones, fundamentalmente dirigido para las pequeñas empresas y autónomos, e incentivar los planes de empleo en detrimento de los individuales, un paso que ya se ha empezado a dar este año, aumentando sus incentivos de cara a la Renta. 

Solo dos millones de empleados, sobre todo de grandes empresas y administraciones, disfrutan de estos planes en España.

El ahorro de los trabajadores británicos gracias a este sistema de adhesión obligatoria se ha disparado en los apenas nueve años que lleva en marcha y es una garantía para el cobro de las prestaciones futuras, en un contexto en que la esperanza de vida y el tiempo en el que se cobrará las pensiones no para de crecer.

Modelo británico a seguir

Nueve de cada diez trabajadores del Reino Unido adscritos por defecto al sistema de ‘auto-enrolment’ se han mantenido en él. Son 18,7 millones de empleados, según los datos de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa). 

Solo un 9% de los británicos inscritos automáticamente en el sistema había optado por salirse del mismo, una demostración del éxito de la iniciativa.

Las aportaciones superaban, en 2017, los 105.000 millones de euros. Una cantidad que podría haber aumentado -según estimaciones- en 22.000 millones, gracias al aumento del porcentaje del salario a ingresar, que ha pasado de 5% al 8% en 2019.

Con estas dos figuras la norma pretende simplificar los procesos de promoción y gestión de los planes de pensiones de empleo.

A los fondos de pensiones de promoción conjunta, que serán promovidos por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, podrán adherirse los nuevos planes de pensiones simplificados, así como los planes de pensiones de empleo de aportación definida para la contingencia de jubilación, sin perjuicio de que puedan ofrecer la cobertura de otras contingencias si las mismas se encuentran totalmente aseguradas.

¿Qué planes puedo elegir?

En este contexto se  crean los denominados planes de pensiones de empleo simplificados, que podrán ser los siguientes:

José Luis Escrivá, Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en España.

Planes de pensiones de empleo promovidos por las empresas incluidas en los acuerdos colectivos de carácter sectorial que instrumenten compromisos por pensiones en favor de sus trabajadores, con especial atención a promover su implantación en las pequeñas y medianas empresas.

Planes de pensiones de empleo del sector público promovidos por las Administraciones públicas, incluidas las corporaciones locales, las entidades y organismos de ellas dependientes, que instrumenten compromisos por pensiones en favor del personal a su servicio.

Planes de pensiones de trabajadores por cuenta propia o autónomos, promovidos por las asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de trabajadores por cuenta propia o autónomos, por sindicatos, por colegios profesionales o por mutualidades de previsión social, en los que sus partícipes exclusivamente sean trabajadores por cuenta propia o autónomos.

Planes de pensiones de socios trabajadores y de socios de trabajo de sociedades cooperativas y laborales, promovidos por sociedades cooperativas y laborales y las organizaciones representativas de las mismas.

El proyecto de ley, con el que el Gobierno da cumplimiento a uno de los hitos del plan de recuperación para este año, incorporó algunas mejoras en un complicado trámite en el Congreso, fue aprobada y pasó al Senado.

En la Cámara Alta no se incorporó ninguna enmienda a la ley, pero su votación en el pleno se saldó con un empate hasta en tres ocasiones, una situación que permite al Senado remitir la norma al BOE para su publicación y entrada en vigor, algo para lo que tenía de margen hasta el día 30 de junio.

Estas son algunas de las preguntas clave esta nueva herramienta financiera que sintetizamos del documento de INVERCO  para pymes sobre estos planes de pensiones de empleo (PPE)   

¿Qué ventajas tiene un PPE para una PYME?

Los PPE son un beneficio social para los empleados de la PYME en forma de remuneración adicional. Para la PYME, las aportaciones a favor de los empleados tienen la consideración de gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades.

¿A qué empleados debe ofrecer la PYME el PPE?

El PPE debe ser ofrecido a empleados con una antigüedad mínima de dos años, si bien se puede hacer extensivo a todos los trabajadores.

¿Los empleados deben adherirse de forma obligatoria?

La adhesión es voluntaria en todo caso, si bien la PYME puede prever la adhesión automática con la opción de que el empleado solicite su desistimiento.

¿Quién supervisa los PPE?

En primera instancia, se encuentran supervisados por la Comisión de Control designada. Por otro lado, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) supervisará el cumplimiento de las normas aplicables a los PPE y recogidas en el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones.

¿Qué sucede con los derechos consolidados de los partícipes cuando un PPE se termina?

Estos derechos se integrarán en otro PPE o Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE). En caso de no ser posible, se integrarán en un plan de pensiones del sistema individual o asociado, o en un plan de previsión asegurado designado por el partícipe.

¿Son obligatorias las aportaciones de la PYME al PPE?

Sí, la PYME debe hacer aportaciones en los términos que se recogen en las propias especificaciones del PPE. No podrán exceder el límite recogido en la ley, que actualmente asciende a 8.000 euros anuales.

 Este límite aplica de forma conjunta a las aportaciones que realice la PYME y las que realice el empleado y partícipe. En el caso de partícipes con discapacidad, el límite se incrementará a 24.250 euros anuales.

¿Es posible compatibilizar aportaciones a un PPE y a un plan de pensiones del sistema individual?

Sí, siempre que la suma de las aportaciones a ambos no exceda el límite anual de 8.000 euros.

¿Qué ocurre con los derechos consolidados cuando el empleado deja la empresa?

En ese caso el empleado pasará a tener la condición de partícipe en suspenso, salvo que las especificaciones del plan prevean la movilización de los derechos consolidados.

¿Pueden los beneficiarios movilizar los derechos económicos de un PPE?

Solo en caso de terminación del PPE.

¿En qué plazo se deben hacer efectivas las prestaciones?

Las prestaciones en forma de capital y renta deberán efectuarse en un plazo máximo de 7 días, si bien este plazo podría extenderse hasta los 30 días si las especificaciones del plan así lo contemplan.  

En el sector financiero hay un cierto escepticismo sobre el grado de desarrollo que van a tener los nuevos planes. 

Sobre todo porque los incentivos para las empresas son menos generosos de lo que se esperaba.  Habrá que estar atento al mercado y ver si cuajan.

Por @LuisjaSanchez, Periodista Jurídico.

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