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Cómo conseguir la nacionalidad española

By 19th octubre 2018 No Comments

Nuestro Código Civil (CC) es el encargado de regular cómo conseguir la nacionalidad española. Para ello emplea los artículos 17 a 28, que a continuación resumimos y explicamos. El procedimiento para alcanzar la nacionalidad es de tipo administrativo, pero conviene ser asistido por un experto en extranjería.

Qué es la nacionalidad y sus diferentes formas

La nacionalidad es un estatuto jurídico de la persona, y vincula a esta con su Estado. Por eso cada Estado regula las formas de adquirir, perder o recuperar su nacionalidad. De esta relación jurídica emanan una serie de derechos y obligaciones.

El derecho a tener una nacionalidad se recoge en el art. 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. De modo que los ordenamientos jurídicos tratan de evitar las situaciones de apatridia, facilitando el acceso a la nacionalidad.

Nacionalidad de origen o por derivación o adquisición

En nuestro ordenamiento existe una diferenciación entre los españoles de origen (desde el momento del nacimiento o adopción) y quienes lo son por otras vías.

  • El efecto principal de esta distinción es que el español de origen no puede ser privado de su nacionalidad, a tenor del art. 11 de la Constitución.
  • Además, permite una mejor transmisión de la nacionalidad, al acortar el plazo para solicitar la nacionalidad por residencia.

Cómo solicitar la nacionalidad española

Para solicitar la nacionalidad española debes reunir los requisitos que exige cada uno de los modos de adquirirla. Además, dependiendo de tu capacidad de obrar necesitarás cumplir otros requisitos.

Solicitar la nacionalidad española cuando eres mayor de edad

Si eres mayor de 18 años o estás emancipado, podrás solicitarla por ti mismo, siempre que no tengas la capacidad de obrar limitada judicialmente. Para ello, deberás:

  • Rellenar el modelo de solicitud o formulario online.
  • Aportar NIE, Certificado del Registro Central de Extranjeros, Pasaporte o equivalente.
  • Aportar certificado de nacimiento, de antecedentes penales (del país de origen) y, en su caso, de matrimonio. Deberán estar debidamente traducidos y legalizados.
  • Aportar certificado de antecedentes penales (español) y de empadronamiento.
  • También deberás presentar el justificante del pago de la tasa.

En el caso de tener la capacidad modificada, deberás estar a lo que disponga la sentencia.

Cómo solicitar la nacionalidad española si eres menor de edad

Si tienes entre 14 y 18 años, deberá asistirte tu representante legal, mientras que si eres menor de 14 deberás actuar por medio de éste. Para ello, deberá aportarse un documento que acredite la representación legal.

Además, habrá que aportar un certificado del centro de formación, acogida o similar para acreditar la integración y la participación en la educación obligatoria.

Trámites generales

Al margen de la vía de acceso a la nacionalidad y las particularidades relativas a tu capacidad de obrar, tendrás que pagar la tasa antes de solicitar la nacionalidad. Puedes hacerlo presencial o telemáticamente, y actualmente tiene un precio de 102,00 €. Si no realizas el trámite a través de Internet, necesitarás rellenar el Modelo 790, código 026 (solicitud de la nacionalidad).

Ten en cuenta que los certificados tendrán costes adicionales.

El competente para la resolución del expediente (por delegación del Ministerio de Justicia) es el Director General de los Registros y del Notariado. Sin embargo, la solicitud puede presentarse ante cualquiera de las entidades que relata el art. 16 de la Ley 39/2015.

Desde que la solicitud tenga entrada, el plazo máximo para resolver y notificar es de un año, desplegando el silencio administrativo efecto desestimatorio. Contra la resolución denegatoria podrás interponer recurso de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa.

Si necesitas más información sobre el procedimiento, consulta el RD 1004/2015.

Documentación probatoria

La condición de refugiado deberá acreditarse mediante Tarjeta de Identidad, pasaporte azul y/o certificado de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior.

Los nacimientos en españa se acreditarán mediante certificado literal de nacimiento, sacado del registro Civil.

La tutela, guarda o acogimiento puede acreditarse mediante auto del tribunal o resolución de la institución en que se determine la institución.

Por su parte, el matrimonio y la viudadad se demuestran mediante certificados de matrimonio, convivencia o empadronamiento y defunción, respectivamente.

Para probar la condición de sefardí se requiere la acreditación que regula el art. 1.2 de la Ley 12/2015.

Vías de acceso a la nacionalidad

Ahora que conoces el trámite para pedir tu nacionalidad española, te explicamos los casos en que puedes tramitarla.

Nacionalidad de origen

Se atribuye la nacionalidad de origen a:

  • Hijos de españoles. Por parte de padre o madre.
  • Nacidos de extranjeros cuando al menos uno de ellos haya nacido en España.
  • Apátridas. Nacidos en España de padres sin nacionalidad o cuyas legislaciones no les otorgue nacionalidad, así como los de filiación indeterminada.

Posesión de estado

Pero la nacionalidad de origen no es el único modo de adquirir la nacionalidad española. Tendrás derecho a solicitar la nacionalidad española cuando la hayas empleado:

  • Durante 10 años.
  • De forma continuada.
  • Con buena fe.
  • Basándote en un título inscrito en el Registro Civil.

Utilizar activamente la nacionalidad implica cumplir deberes y ejercitar derechos.

Opción

En determinadas circunstancias, el CC te permitirá optar por la nacionalidad española. Este modo de adquirir la nacionalidad está abierto en los siguientes casos:

  • Cuando estés o estuviste sujeto a patria potestad de español o institución española, siempre que optes antes de los 20 años.
  • Si alguno de tus progenitores fue español y nació en España.
  • Cuando fuiste adoptado por españoles o se determinó que tus padres fueron españoles alcanzada la mayoría de edad. En este caso, dispondrás de dos años para ejercitar tu derecho de opción.
  • Cuando seas descendiente de españoles de origen exiliados durante la Guerra Civil.

Residencia

El CC también permite adquirir la nacionalidad si has estado residiendo de forma legal, continuada y anterior a la solicitud durante determinado tiempo. Este tiempo dependerá de tus circunstancias:

  • 10 años. En todo caso.
  • 5 años. Cuando fueras refugiado.
  • 2 años. Cuando fueras nacional iberoamericano, o bien de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. Este plazo también se otorga a las personas con origen sefardí.
  • 1 año. Para las situaciones en que existe una especial vinculación con España:
    • Nacidos en España.
    • Quienes no ejercieron la opción adecuadamente.
    • Los sometidos a tutela, guarda o acogimiento de español o institución española durante dos años consecutivos.
    • Casados con españoles durante el año anterior.
    • Viudos de españoles no separado de hecho ni judicialmente.
    • Nacidos fuera de España con padre, madre o abuelos originariamente españoles.

Requisitos adicionales

Cuando solicites la nacionalidad por residencia, se te aplicarán algunas obligaciones adicionales.

En primer lugar, deberás acreditar tus conocimientos constitucionales y socioculturales, así como el dominio del español. Para ello se emplean los correspondientes Diplomas del Instituto Cervantes.

En segundo lugar, deberás cumplir 14 años para jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes en plazo de 180 días desde la solicitud.

Además, deberás renunciar (salvo supuestos de doble nacionalidad) a tu nacionalidad anterior, inscribiendo la adquisición en el Registro Civil.

Carta de naturaleza

La carta de naturaleza se entrega mediante RD del Gobierno, de modo discrecional. Se reserva esta vía a las situaciones en que concurren circunstancias excepcionales. Por ejemplo, se utiliza frecuentemente con deportistas de élite y también se empleó tras los atentados del 11-M. Puedes solicitar la carta de naturaleza, siempre que demuestres que concurren estas circunstancias excepcionales.

Recomendaciones para solicitar la nacionalidad

En cualquier caso, lo mejor a la hora de tramitar una solicitud de nacionalidad española es contar con los servicios de un especialista en extranjería. Tendrás que reunir bastante documentación y puede que los plazos se vayan alargando si no entregas correctamente cada papel.

EnLexgoapp contamos con un amplio directorio de abogados especialistas en extranjería, que puedes visitar sin compromiso. 

De modo que un abogado de extranjería podrá ayudarte a realizar los trámites del modo más rápido y como posible.

Adrián Garzón Ximénez

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