Por Luis Acayro Sánchez, magistrado @acayrosanchez
Es el titular del Juzgado Contencioso-Administrativo 2 de Santander y autor del primer telemático en esta jurisdicción en España
Se cumple apenas un mes desde que en España se empezaran a celebrar juicios íntegramente telemáticos. A día de hoy ya se ha superado ampliamente el centenar. Posiblemente en el mes de julio serán miles. Y esta cifra continuará incrementándose, formando parte del día a día de muchos juzgados, dado su presente auge.
Ante razones de prevención sanitaria provocada por la pandemia, se ha buscado la ayuda de la tecnología para dar cobertura a la celebración de juicios urgentes. Tras los primeros juicios telemáticos, se ha visto que esto es posible porque se cumplen con las garantías procesales de igual forma que si se estuviera en un juicio presencial y esto ha provocado que se vayan adhiriendo numerosos juzgados de toda la geografía española y de diversos ordenes jurisdiccionales.
Esto no significa que no siga siendo necesaria la inversión en medios humanos y materiales, porque son insuficientes. Y tampoco que vayan a ser la respuesta a todo.
Los juicios telemáticos, para un determinado tipo de procedimientos, son una opción legal, posible y necesaria. No son un atajo en la tutela judicial ni un procedimiento de peor calidad. Tampoco suponen una merma de garantías, ni riesgo técnico en la seguridad durante su celebración. Al contrario, cumplen con todas las garantías procesales. De hecho, va a permitir cumplir en muchos casos el derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas
La realidad es que nos hemos acostumbrado a que la Administración de Justicia sea lenta, olvidándonos de que el derecho a la tutela judicial efectiva también incluye la obligación de resolver en plazos razonables.
Es cierto que, debido a la sobrecarga de trabajo, hay Juzgados que tardan más de un año tan sólo en resolver sobre la admisión a trámite de una demanda o que ya están señalando para el año 2024.
En este contexto es en el que se van a abrir paso los juicios telemáticos. Y por eso lo están haciendo ya en el orden contencioso administrativo, civil y social en Santander, Elche, Alicante, Málaga, Córdoba, Vigo, Granada, Madrid, Barcelona, Ibiza, Pamplona, Zaragoza o Toledo.
El motivo no es otro que en más de la mitad de los procedimientos contencioso administrativo, la prueba que proponen las partes es únicamente documental. Un porcentaje similar sucede en el orden social. Pero donde van a tener mayor potencial es en los Juzgados que están dirimiendo la nulidad de cláusulas abusivas, como las cláusulas suelo, gastos hipotecarios, entre otras, donde la única prueba que se pide en el 90% de los procedimientos en la audiencia previa es la documental quedando desde ese momento vistos para sentencia. Y donde todavía se prevé la entrada de muchas demandas iguales.
Como anécdota, contaré que la semana pasada, a pesar de que cuando se tiene una antigüedad de casi 18 años de ejercicio lo último que apetece es pasar la mañana viendo juicios como cuando uno empezaba, pedí asistir de público virtual a los juicios telemáticos que se celebraron en el juzgado de lo contencioso administrativo de Elche y en los del Juzgado de cláusulas suelo de Alicante. La ilusión y emoción que se percibía entre todos los profesionales era contagiosa dado el potencial de estas nuevas herramientas.
Abogados de Bilbao, Gerona, Alicante, Valencia o Palma habían podido celebrar vistas en Elche y Alicante con plenas garantías procesales, sin necesidad de desplazarse de sus despachos y evitando también que se aplazaran por las limitaciones de movilidad actualmente existentes. Los juicios quedaron para sentencia que se notificarán en los próximos días.
Los que conocemos el día a día de los Juzgados, sabemos que posiblemente la mitad de los procedimientos en trámite la cuestión a dilucidar es estrictamente jurídica y la única prueba es documental. Procedimientos de tramitación sencilla pero también importante para los afectados.
Ahora bien, los matices no son menos relevantes y va a depender en gran medida de la actitud y el compromiso de todos. Entra dentro de lo normal que puedan ocurrir puntuales incidencias técnicas y es necesario que se unifiquen protocolos para su correcta implementación.
Pero si tuviera que decir qué colectivo tiene la clave no tengo dudas: los abogados. ¿Por qué? Porque casi todo empieza cuando un abogado se compromete a defender aquello que considera justo. Porque las resoluciones judiciales sólo son consecuencia de lo que se pide.
Y es que todo comenzó cuando dos abogados, en defensa de los intereses de sus clientes, dieron un paso al frente y se atrevieron a plantear que se celebrara una vista telemática. A partir de ahí, empezó todo.
Por todo eso, creo que es el principio de un cambio imparable que puede colocar a la Administración de Justicia en el siglo XXI.
Por @LuisjaSanchez, Periodista Jurídico.