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Sobre el aliud pro alio o cuando te dan gato por liebre

Los abogados son muy dados a utilizar latinajos que, aunque tienen la virtud de hacer más preciso el lenguaje, presentan el defecto de hacerlo más inaccesible. Hoy hablamos de la doctrina del aliud pro alio o, como se dice popularmente, “dar gato por liebre”

Qué es el aliud pro alio

Aliud pro alio puede traducirse como “una cosa en lugar de otra”. En Derecho lo utilizamos para señalar esas situaciones en las que se realiza un negocio y la prestación no se corresponde con el objeto del contrato.

Por ejemplo, si compras un horno a través de Internet no te pueden llevar a casa una fotocopiadora.

Pero la doctrina va más allá, porque dice que las cosas que son completamente inhábiles para satisfacer su función tampoco se corresponden con el objeto del contrato.

Por ejemplo, un barco diseñado de tal modo que no sirve para navegar “no es” un barco, sino un objeto con forma de barco (como ejemplo, SAP 76/2014).

En este sentido, cuando compras cualquier cosa y recibes otra o la que recibes resulta absolutamente inútil para tu objetivo, puedes ejercitar la acción de aliud pro alio para exigir una indemnización y el cumplimiento o la resolución del contrato.

Base legal

El artículo 1166 del Código Civil establece que quien tiene que entregar una cosa no puede obligar a su acreedor a aceptar una cosa diferente. Ni siquiera en el caso de que la cosa que pretenda dar tenga mayor valor que la comprometida.

Esto se llama “identidad de la prestación” e impide que una vez que has firmado un contrato tu deudor cambie la prestación unilateralmente.

Requisitos de la doctrina

El concepto que nos ocupa es una construcción jurisprudencial, por lo que hay que acudir a sentencias para saber cómo funciona. Según estas, la doctrina entra en juego cuando el objeto que hemos recibido es completamente inútil para satisfacer nuestras necesidades.

Aquí existe un matiz importante, y es que la insatisfacción debe tener carácter objetivo. Es decir, no se trata de que no sirva en nuestras circunstancias personales, sino que no sirva a nadie para cumplir su pretendido objetivo. Como ejemplo, una plaza de garaje donde no se pueda aparcar un vehículo (STS 853/2007).

Esto implica que quien entregó el objeto defectuoso incumplió su obligación contractual.

Consecuencias del incumplimieto contractual

El artículo 1101 del Código Civil castiga el incumplimiento contractual con la indemnización de daños y perjuicios.

Pero también resulta de aplicación el artículo 1124 del mismo corpus legal, que permite exigir el cumplimiento o resolver la obligación. En ambos casos deben resarcirse daños y abonarse intereses.

Alternativas al aliud pro alio

En la mayoría de los casos en que puede utilizarse esta doctrina, resulta también ejercitable la acción de vicios ocultos, regulada en los artículos 1484 y siguientes del Código Civil.

El problema de la acción de vicios ocultos es que tiene un plazo de ejercicio de tan solo seis meses.

Si se ejercita esta acción exitosamente, como comprador podrás exigir bien el desistimiento del contrato o bien una rebaja en el precio proporcional a lo que pagaste. Además, contamos con un directorio de abogados especialistas en derecho civil que puedes visitar sin compromiso.

Resultado de la acción

Si has llegado hasta aquí ya eres casi un experto y sabrás que cuando puedas ejercitar la acción aliud pro alio tendrás derecho a exigir que se resuelva el contrato o que se cumpla la obligación. Por supuesto, en ambos casos tienes derecho a ser indemnizado.

Además, cuando el demandado incumpliera en primer lugar las obligaciones derivadas del contrato, tú quedarás liberado de las obligaciones que te quedaran pendientes, de haberlas.

Conclusión

Es importante conocer esta doctrina porque afecta a tus derechos en el tráfico económico. Debes saber que solo podrás activarla cuando se den los requisitos que hemos señalado.

Pero si este es tu caso, la acción puede ser más beneficiosa que sus alternativas. Respecto a una mera reclamación de daños, el aliud pro alio incorpora la posibilidad de exigir el cumplimiento o resolución del contrato. Respecto a la reclamación de vicios ocultos, tiene un plazo de prescripción diez veces superior (cinco años, en lugar de seis meses) y permite la íntegra restitución de las prestaciones.

Por supuesto, si la cosa que has recibido te sirve y quieres conservarla, probablemente la mejor opción será actuar por vía de vicios ocultos. Para más información sobre como hacer una reclamación por vicios ocultos, visita esta entrada del blog.

Y este es el motivo por el que, ahora que conoces tus opciones procesales, debes acudir a un especialista. Seguro que después de leernos entiendes mucho mejor las estrategias procesales que te proponga.

Por Adrián Garzón Ximénez

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