¿Has intentando negociar con tus bancos y acreedores y no te han hecho caso? ¿No te aceptan tu propuesta de pago? No le des más vueltas, acógete a la ley de segunda oportunidad y comienza de nuevo, con un buen acuerdo, o bien con cero deudas.
¿Qué es la ley de segunda oportunidad?
La ley de segunda oportunidad se enmarcaría entre los mecanismos de los que hemos hablado. Permitirá al deudor insolvente sanear su patrimonio. Y una vez saneado, posibilitará el cobro de algunos de sus acreedores.
En nuestro ordenamiento jurídico rige el principio de responsabilidad patrimonial universal. Este principio se regulan en el artículo 1.911 del Código Civil. Su consecuencia es que cuando asumimos una deuda respondemos de ella con todo nuestro patrimonio, presente y futuro. Dicho de otro modo, no podremos evadir el pago de nuestras obligaciones mientras tengamos algún bien o derecho.
El único límite general a la responsabilidad patrimonial universal es la inembargabilidad de determinados bienes y derechos. Tal inembargabilidad se regula en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que protege determinados ingresos y derechos.
La ley de segunda oportunidad vino a reforzar esta protección del deudor insolvente. No hay que olvidar que se dictó en una tesitura económica en que muchas familias eran desahuciadas de sus hogares al no poder pagar las hipotecas que contrajeron en tiempos pre-crisis.
Acuerdo extrajudicial de pagos
El acuerdo extrajudicial de pagos (AEP) es un mecanismo que te permite reestructurar tus deudas. Podrás introducir quitas y esperas mediante un proceso de negociación con tus acreedores. Las deudas que no puedan ser razonablemente satisfechas podrán ser anuladas mediante el beneficio de la exoneración o cancelación de deudas (segunda oportunidad). Realizar esta propuesta de pagos a los acreedores, es un paso obligatorio antes de acogerse a la ley de segunda oportunidad. Si no se consigue un acuerdo, se liquidan tus bienes y consiguen la cancelación de todas las deudas.
Casos de éxito de la ley de segunda oportunidad
El caso de éxito más habitual, es cuando la persona física sufre un sobreendeudamiento con varios bancos, o bien avaló a su empresa y ésta no puedo pagar. Si a esta situación, le añades que no dispones de bienes en propiedad, o en su día te ejecutaron la casa por impago, el procedimiento de segunda oportunidad te encaja perfectamente. Deudas y sin bienes.
Costes de la ley de segunda oportunidad
En nuestro caso, costes de la ley de segunda oportunidad ascienden a 2.400 euros, (200 euros al mes), sin incluir los gastos de Notario y Mediador Concursal. Además, podrás pagarlos de forma fraccionada, en cuotas mensuales compatibles con tu situación. Escríbenos a info@lexgoapp.com y contactaremos contigo de inmediato.