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Políticas TIC que acaban con el despido del trabajador  

By 20th julio 2017 No Comments

Las políticas TIC o códigos de conducta de las empresas que regula el uso de los medios electrónicos, sirven también para casos como el que publica hoy el diario elEconomista.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia, “ha declarado procedente el despido de un empleado por haberse reenviado correos electrónicos desde la cuenta de la empresa a su email particular, así como haber imprimido determinada información de la compañía. Un caso en el que resulta determinante, según la sentencia de 29 de marzo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia, la claridad en la redacción de la normativa interna de uso de medios electrónicos que había redactado y difundido la empresa entre sus propios empleados.”

Según el tribunal, «no cabe duda que el actor incurrió en un claro abuso de confianza y deslealtad al reenviarse correos electrónicos remitidos a la empresa».

Normativa interna que regula el uso de medios electrónicos y las tecnologías de la inormación

En la normativa interna de la compañía, se establecía de manera clara que el trabajador actuó en contra de esta política interna que los trabajadores conocían, al haber sido notificados previamente.

Concretamente, se procedió al despido porque el trabajador “se había reenviado a su cuenta personal algunos correos electrónicos del trabajo con documentación con información que la propia compañía debía proteger -que contenía, además, datos personales-. Asimismo, también había impreso otros ficheros de datos que debía custodiar.”

“El código de conducta de la empresa, que regulaba el uso de medios electrónicos y las tecnologías de la información, prohibían expresamente el reenvío de mensajes ni documentos corporativos a cuentas privadas del trabajador ni familiares o amigos «ya que éstas no gozan del mismo nivel de seguridad». Tampoco permitía «configurar la cuenta de correo corporativo para reenviar los mensajes recibidos» a su email privado. “

El TSJ revoca la sentencia de primera instancia

“El juzgado de Primera Instancia estimó la demanda del empleado -que alegaba vulneración de derechos fundamentales- y le reconoció una indemnización de 165.000 euros. Una resolución que tumba, sin embargo, el TSJ que sí ve causa justa en el despido.”

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