LABORAL

“Las empresas que regulen bien la desconexión digital tendrán unos trabajadores más sanos, productivos y fieles a la compañía”//Entrevista a Alberto Novoa , Socio del Área laboral Ceca Magán Abogados

By 13th septiembre 2019 No Comments

Los derechos digitales se han convertido en una realidad en nuestro país con la aprobación de la nueva LOPD el pasado mes de diciembre. Esta nueva Ley de Protección de datos tiene un título específico para comentar los mencionados derechos digitales. Entre ellos, el derecho a la desconexion digital supondría que el profesional puede evitar recibir correos y mensajes fuera de su jornada laboral.  Un experto en derecho laboral como Alberto Novoa, socio de Ceca Magán Abogados profundiza en esta nueva problemática que a medio plazo modificará el actual Estatuto de los Trabajadores.

Su perfil profesional, 

Alberto Novoa, socio del área laoral de Ceca Magán Abogados

Alberto Novoa Mendoza es Socio del Área Laboral de Ceca Magan Abogados, miembro de la Junta directiva de ASNALA, letrado colaborador de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, Asesor de la Asociación Nacional de Directores de RRHH, Profesor de Derecho del Trabajo y Seguridad Social.

Especializado en grandes procesos para multinacionales y gran empresa, desde el asesoramiento precontractual a la negociación en grandes proyectos de reestructuración de plantillas. Asimismo, es profesor de Derecho Procesal Laboral y Derecho del Trabajo en diversas Universidades e Instituciones docentes (ISDE ,UDIMA, UNIR, CEF, UEM).

Por otro lado, y profundizando en su vertiente docente, es profesor habitual en varias escuelas de negocios donde imparte materias relacionadas con su rama de especialidad y en gestión de Recursos Humanos. Además, Novoa es también profesor del Máster en Corporate del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE). Ha logrado la implantación de protocolos y sistemas de prevención de los conflictos laborales en empresas con presencia a nivel mundial.

¿Qué opinión tiene de los derechos digitales de los trabajadores que vienen en la nueva LOPD?  ¿Realmente era necesario incorporarlos?

Era absolutamente necesario.

La regulación de los derechos digitales en la actualidad es una necesidad que, desde la perspectiva del Derecho del Trabajo nadie puede negar.  El empleo de medios de videovigilancia para el control de la prestación de servicios o el control disciplinario herramientas informáticas e intimidad, son cuestiones que no podían quedar huérfanas de regulación normativa. De hecho considero absolutamente acertado que de la norma protectora de datos se haya trasladado la regulación de estos derechos al Estatuto de los Trabajadores como es el caso de la desconexión digital.

¿Qué valoración puede hacer de la entrada en vigor de la desconexión digital?

La desconexión digital es un derecho curioso porque nace de una suerte de fracaso de la evolución del ser humano. Las tecnologías deben tener por finalidad facilitar el avance, en definitiva, hacernos las cosas más sencillas y más llevaderas, sin embargo los smartphones y demás dispositivos tecnológicos de comunicación nos han condenado a una especie de cadena perpetua laboral, el trabajo nos persigue extramuros del centro de trabajo y más allá del tiempo de trabajo que es ya de por sí extenso.

Ante esa realidad hemos tenido que protegernos de nuestras tecnologías que nos hacen la vida laboral muy cómoda en muchísimos aspectos pero como efecto secundario nos la hacen infinita.

A menos jornada, más estabilidad emocional de los trabajadores…

No cabe duda de que existe una relación directa entre tiempo de trabajo y salud, y que la salud tiene que ser protegida por los Poderes Públicos y también por los Empresarios, en ese sentido, hay que garantizar que el trabajo, en la medida de lo posible, sea una actividad vital limitada en el tiempo. Pero estoy convencido, además, de que las empresas en las que se regule convenientemente el modo de garantizar esa desconexión digital obtendrán unos beneficios extraordinarios, al final la salud de los trabajadores los hace más felices, más productivos y mas fieles a sus empresas.

Las nuevas generaciones, que son las que han nacido con un teléfono móvil adosado al biberón y quienes por ello deberían estar más acostumbrados a esa “conexión permanente” valoran mucho más las medidas de conciliación y por tanto su tiempo de ocio que la retribución.

En resumidas cuentas, no estamos ante una cuestión menor, el trabajador tiene que descansar, que desconectar de sus obligaciones una vez finalice su jornada, le va la salud en ello.

¿Era necesario regularlo explícitamente aunque ya está en el Estatuto de los trabajadores?

Es lo correcto. La dispersión normativa perjudica a la seguridad jurídica y además dificulta la interpretación sistemática normativa. El Estatuto de los Trabajadores es la norma de rango legal donde ha residido y debe seguir residiendo la regulación básica de la relación laboral.

Da la sensación de que para poner en marcha este tipo de derechos, en los despachos el área laboral va a colaborar mucho con la tecnológica?

La colaboración entre el área de Derecho Tecnológico y cualquier otra es hoy en día un imperativo ineludible, pero si al Derecho del Trabajo nos referimos, la necesidad es mucho más acentuada. Basta para acreditarlo con observar que a la regulación de la protección de datos de carácter general la LOPD incorpora una regulación específica de protección en el marco de la relación laboral. Cuando establecemos protocolos de herramientas informáticas para las empresas, o planes de conciliación basados en desconexión, o negociaciones colectivas para la regulación del tiempo de trabajo, para la videovigilancia, etc. no podemos trabajar al margen de los expertos en el área tecnológica.

¿Cree que puede ser una fuente de conflictos entre la empresa y sus profesionales?

No es que lo crea, es que es un hecho constatado y reiterado.

Los Tribunales llevan lustros dando respuesta a conflictos entre trabajadores y empresarios en materia de control disciplinario y del tiempo de trabajo a través de mecanismos de grabación de audio y video, en materia de control del correo electrónico, de uso del teléfono móvil, etc. Pero esa fuente de conflictos podría atenuarse sustancialmente si se hiciese el uso debido de la negociación colectiva cosa que no ocurre.

Somos la única disciplina del Derecho donde las partes implicadas pueden autorregularse pueden dictar sus normas, pero no lo hacemos, o mejor dicho, no lo hacemos en la medida que es necesario. Hay que fomentar la cultura negociadora. La solución al Derecho del Trabajo no puede ser el silencio del Legislador ni la interpretación creativa de los Tribunales, la solución es la regulación y en concreto la regulación colectiva.

¿Podría una empresa despedir a un trabajador por enviar un correo fuera del horario laboral y el profesional atenerse a la desconexión digital?

Por enviar un correo fuera del horario laboral -salvo que la causa de despido se desprendiese del contenido del correo- no veo justificado aplicar la más grave de las consecuencias disciplinarias previstas en el Derecho del Trabajo.

Tampoco, creo que el trabajador, por la recepción de un correo electrónico fuera de su jornada pueda enarbolar una vulneración de su derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar, sin entrar siquiera en que pudiera tratarse de una urgencia justificada.  Pero si considero absolutamente urgente y necesario es que el tiempo de trabajo se regule en todas y cada una de las empresas de este país. Y esa regulación tiene que partir ineludiblemente del cumplimiento de las jornadas máximas y de los descansos entre jornada. Y también creo que es vital transmitir el mensaje de que cuando hablamos de tiempo de trabajo no estamos hablando de dinero, estamos hablando de la salud y la dignidad de los trabajadores y también de su mayor productividad, su mayor compromiso, su felicidad laboral.

Una vez las empresas y los trabajadores hayan regulado el tiempo de trabajo si que soy partidario de aplicar con rigor esa regulación. Hay trabajadores que no saben parar al llegar la hora y hay empresarios para los que toda jornada es poca. Ambos tienen que reeducarse, la formación también tiene mucho que decir en este campo.

¿Qué futuro augura a este nuevo derecho digital en el que empresas como Ikea, Axa o Banco de Santander ya lo están negociando con sus trabajadores?

Tengo clarísimo que esas empresas ya deben estar beneficiándose de los efectos absolutamente positivos que tiene la negociación para la regulación del tiempo de trabajo y de la conciliación de la vida laboral y familiar. No es casualidad que sean empresas en las que existe tan poca rotación y se registren unas encuestas de clima laboral envidiables.

Mi pronóstico sí es absolutamente negativo en relación a aquellas empresas que no están asumiendo la responsabilidad de esta regulación. Ninguna empresa por pequeña que sea tiene excusa para no regular estas materias. Es tan importante que los trabajadores puedan conciliar su vida laboral y familiar como el arnés o el casco en un andamio, o la máscara del soldador o el cinturón de seguridad en el conductor.

Por @LuisjaSanchez, Periodista Jurídico.

¿Necesitas un abogado especialista en laboral? En LEXGOApp contamos con un amplio directorio de abogados especialistas, que puedes consultar sin compromiso.

    ¿Buscas un abogado especialista ?

    Te ayudamos a encontrar abogado de confianza en tu ciudad, gratis y sin compromiso. Contamos con una amplia red de abogados colaboradores por toda España y en cualquier materia.

    He leído y acepto las Condiciones de Uso y Privacidad, incluida la cesión de mis datos a los colaboradores del servicio

    Leave a Reply