Madrid celebró el XXVI Congreso Nacional de Derecho Sanitario
La celebración de este XXVI Congreso Nacional de Derecho Sanitario analizó la función prescriptora médica desde su dimensión ética y legal, la publicidad y promoción de los productos sanitarios, los aspectos éticos y normativos en medicina personalizada de precisión y novedades laborales sobre el registro de jornada y la adaptación del tiempo de trabajo, entre otros temas.
Al mismo tiempo, otro de los temas que se debatieron tuvo que ver con un asunto de máxima actualidad tras la entrada en vigor el pasado 12 de mayo de forma efectiva de la obligación del registro diario de jornada que impuso el Real Decreto 8/2019 de marzo de Medidas Urgentes de Protección Social y de Lucha contra la Precariedad Laboral en la Jornada de Trabajo.
En la mesa sobre publicidad y promoción de productos sanitarios, patrocinada por FENIN, los expertos coincidieron en que la información y publicidad a profesion
ales sanitarios y pacientes debe ser rigurosa, legal y ética.
Los ponentes explicaron la regulación aplicable a la publicidad de productos sanitarios y las ventajas que aporta la autorregulación para aportar mayores garantías a las comunicaciones comerciales de las empresas del sector de Tecnología Sanitaria, que van dirigidas tanto al público general como a profesionales sanitarios.
En la mesa redonda, que fue moderada por Pablo Crespo, director del departamento legal de Fenin, participaron Mª del Rosario Fernando, subdirectora general de la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación (AUTOCONTROL) y Carmen O’Mullony, regulatory affairs manager de la empresa Artsana Spain S.A.U.
Novedades laborales
Por su parte, la mesa sobre novedades laborales, patrocinada por la Fundación Asisa, profundizó en un asunto de máxima actualidad tras la entrada en vigor el pasado 12 de mayo de forma efectiva de la obligación del registro diario de jornada que impuso el Real Decreto 8/2019 de marzo de Medidas Urgentes de Protección Social y de Lucha contra la Precariedad Laboral en la Jornada de Trabajo.
Su repercusión mediática, junto al desbarajuste general de saber cómo y de qué manera debía registrarse la jornada de los trabajadores en las empresas, sigue suscitando todavía más dudas que certezas.
La mesa estuvo moderada por Antonio Martínez-Brocal, director de Recursos Humanos de Grupo Hospitalario HLA, teniendo como ponentes a Ana María Orellana, magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, así como David Ordoñez, miembro del Team Europe de la Comisión y de la Red de Expertos en Derecho de la Unión Europea del Consejo General del Poder Judicial de España; el Dr. Kepa Urigoitia, presidente del Colegio de Médicos de Álava; y Martín Godino, socio director en Sagardoy Abogados.
Esto ha hecho según los expertos que haya pasado prácticamente inadvertidas importantes modificaciones que afectan y mucho, al día a día de las relaciones laborales tras la reforma llevada a cabo también por el Real Decreto-ley 6/2019, publicado en el BOE 7 de marzo.
Este Real Decreto-ley de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, establece un nuevo criterio según el cual el trabajador tiene derecho a la «conciliación de la vida familiar y laboral» a través de la adaptación de su jornada
Es lo que los expertos llamada jornada laboral a la carta , medida que supone garantizar la adaptabilidad de la jornada, aprobada en el contexto de una batería de medidas de igualdad entre hombres y mujeres en el empleo, sin necesidad de reducir tiempo de trabajo ni, por lo tanto, sueldo, siendo además compatible con otros permisos.
La implantación de dicha medida está generando más costes salariales y de cotizaciones sociales para las empresas, ya que en el caso del sector sanitario habrá que incentivar los turnos de tarde, noche y fin de semana que van a quedar sin cubrir con el correspondiente incremento de la litigiosidad y costes parejos.
Habrá que ver cómo actúan en las pequeñas y medianas clínicas, que tendrán que probar mediante pruebas periciales ya complejas de por sí, que no pueden otorgar la jornada a la carta solicitada porque colisiona con su organización.
Por @LuisjaSanchez, Periodista Jurídico.