¿Has oído que puedes solicitar la devolución de la prestación por maternidad si la disfrutaste durante los cuatro últimos años? En realidad lo que puedes exigir es la devolución del IRPF, por lo que la expresión no es precisa. Pero vamos a explicarte cómo hacer la reclamación para que puedas recuperar el impuesto.
Devolución del IRPF en la prestación por maternidad
Hasta principios de octubre, la AEAT exigía tributar al IRPF por la prestación de maternidad. La Sala tercera del Tribunal Supremo señaló en su Sentencia n.º 1462/2018, de 3 de octubre, que el criterio era incorrecto, y la prestación estaba exenta. Por lo que si has disfrutado de esta prestación en los últimos cuatro años, podrás solicitar la devolución de lo que hayas tributado en concepto de IRPF.
El argumento del Supremo señala que la exención del IRPF alcanza a todas las prestaciones por maternidad, no limitándose a las regionales o locales.
¿Puedo solicitar la devolución de la prestación por maternidad?
Puedes solicitar que te devuelvan el IRPF devengado por este concepto durante 2014, 2015, 2016 y 2017. Y es que la Sentencia no tiene valor retroactivo, por lo que los devengos anteriores han quedado prescritos.
Para realizar la reclamación, resulta irrelevante que seas el padre o la madre, pues lo importante es haber percibido la ayuda y hayas pagado impuestos por ella.
¿Me interesa solicitar la devolución de la prestación por maternidad?
Dada que la reclamación es un procedimiento administrativo, lo más probable es que sí te interese. Puedes consultar tus datos fiscales en la página de la AEAT para ver qué cantidad podrías recuperar. Además de lo tributado ten en cuenta que se te tendrán que pagar los intereses de demora.
¿Cuánto dinero puedo recuperar?
Como decimos, debes consultar tu información fiscal y aplicarle intereses de demora, cuyo tipo se determina cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En cualquier caso, los expertos estiman devoluciones de unos 1000 euros de media.
Cómo solicitar la devolución del IRPF
En principio, basta con solicitar la rectificación de autoliquidación, así como los ingresos indebidos.
Sin embargo, Hacienda pretende habilitar un formulario específico para poder realizar estas solicitudes más ágilmente. El objetivo de Hacienda es que las devoluciones se efectúen en un plazo de 30 días desde la solicitud.
En cualquier caso, las solicitudes cursadas por medio del formulario no oficial se resolverán por el procedimiento ordinario. Lo cual no afecta a las posibilidades de éxito de la reclamación, pero sí al plazo de resolución.
Por ello, los técnicos de Hacienda están llamando a la calma, y recomiendan reclamar cuando salga el formulario oficial. En cualquier caso, un abogado experto en derecho fiscal podrá asesorarte sobre la conveniencia o no de cursar tu solicitud ahora, atendiendo a tus circunstancias concretas.
¿Tengo el éxito garantizado al reclamar?
Lo cierto es que solo existe una Sentencia del Tribunal Supremo favorable a la devolución, por lo que no se puede garantizar el éxito de la reclamación. Sin embargo, la AEAT ha predispuesto ciertas facilidades para la solicitud de devolución de la prestación por maternidad. De modo que cabe esperar que esta sea exitosa.
¿Y si no me devuelven el dinero?
Tratándose de un procedimiento de estas características, podrías acudir al recurso económico-administrativo, y todavía tendrías a tu favor el control judicial. Para iniciar estos cauces de reclamación necesitarás la asistencia de un letrado. Y lo mejor sería que tu abogado sea especialista en Derecho Tributario.
Efectividad de la devolución de la prestación por maternidad
Hacienda calcula que solo el 17 % de los afectados obtendrá la devolución de las exenciones del IRPF a la prestación por maternidad. Aun así, estas restituciones se elevan a 266 millones de euros. Estos índices se deben al bajo salario de las mujeres españolas en edad de maternidad.
En cualquier caso, en Lexgoapp contamos con un amplio directorio de abogados que puede consultar sin compromiso.
Adrián Garzón Ximénez